La escritura pública se formaliza ante un Notario que es elegido
normalmente por la Institución Financiera.
Nuestro servicio contempla la confección en nuestras oficinas de
las escrituras, y el envió de un borrador a la parte compradora
y vendedora a fin de examinar el proyecto de escritura pública
en el domicilio del cliente y fin de verificar los datos y
antecedentes por cada parte participante. Y posteriormente ser
enviada a la Notaria para la su firma respectiva.
En el acto de la firma, en el que deben estar presentes todos
los interesados, el Notario debe asegurarse de quien lo esta
firmando y de la fecha en que se otorga, y les resolverá las
dudas que puedan plantearse al respecto.
La entidad financiera conservará la copia auténtica de la
escritura de préstamo y al comprador y vendedor se le
entregara una copia simple autorizada notarial.
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